El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de ISRAEL LOSADA, identificado con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 1.077.855.582, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2024-S 33665 de fecha 15 de noviembre de 2024, remitido a la Vereda El Viso del municipio de Garzón – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Centro – DTC, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido a que no fue posible identificar el predio y habitantes de la vereda manifestaron no conocer al ejecutado, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de PEDRO PABLO NARVAEZ DE JESUS, identificado con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 1.521.053, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2025-S 2230 de fecha 29 de enero de 2025, remitido a la Vereda Higuerón, Corregimiento Charguayaco del municipio de Pitalito – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Sur – DTS, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido a que el ejecutado no se encuentra en la vereda y no contesta los números telefónicos, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de LEONOEL FIGUEROA SAENZ, identificado con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 83.231.550, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2025-S 27829 de fecha 18 de septiembre de 2025, remitido a la Vereda Sicande del municipio de Timana – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Sur – DTS, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido a que en la vivienda del ejecutado se negaron a recibir el oficio, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de VICTOR ALFONSO BARCO, identificado con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 1.087.118.459, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2025-S 2229 de fecha 29 de enero de 2025, remitido al Barrio Bello Horizonte del municipio de Popayán – Cauca. Lo anterior, en razón a que el envió no fue entregado debido a la falta de información suficiente para efectuar la entrega, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de WILFER ROJAS, identificado con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 96.332.192, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2025-S 36904 de fecha 9 de diciembre de 2025, remitido a la Vereda Monserrate del municipio de Garzón – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Centro – DTC, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido que los habitantes de la vereda manifestaron no conocer al ejecutado, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de JOSE MARIA SUAREZ OCAMPO, identificado con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 4.925.703, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2025-S 37644 de fecha 16 de diciembre de 2025, remitido a la Vereda San Joaquín del municipio de El Pital – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Centro – DTC, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido a que el hermano del ejecutado informo que desde hace varios años no vive en ese lugar y manifestó su deseo de no recibir comunicación alguna, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO AUTO QUE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN, dictado en contra de LUZ MARINA TOVAR, identificada con Cédula de Ciudadanía o Nit. No. 26.492.003, toda vez que no fue posible surtir la notificación por correo del documento identificado con radicado No. 2025-S 37639 de fecha 16 de diciembre de 2025, remitido al sector de Sabambu Predio El Carajo - Contiguo a la Ciudadela San Lorenzo del municipio de Garzón – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Centro – DTC, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido a que el esposo de la ejecutada manifestó su deseo de no recibir la comunicación, documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO DE MANDAMIENTO DE PAGO, dictado en contra de ADRIANA MARCELA PERDOMO CUEVAS, identificada con cédula de ciudadanía o NIT No. 55.153.228, toda vez que no fue posible surtir la citación a notificación personal del documento identificado con radicado No. 2026-S 14595, de fecha 14 de mayo de 2026, remitido al consultorio odontologico Edificio Orquidea Real, oficina 209 del municipio de Pitalito – Huila. Lo anterior, en razón a que el envío fue devuelto bajo la causal “NO RESIDE, INFORMA SOFÍA QUE NO ESTÁ EN FUNCIONAMIENTO LA OFICINA, EDIFICIO DE 3 PISOS”, según constancia emitida por la empresa Servicios Postales Nacionales S.A.S. (4-72), documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO DE MANDAMIENTO DE PAGO, dictado en contra de JORGE EDUARDO BARON VARGAS, identificado con cédula de ciudadanía o NIT No. 12.225.450, toda vez que no fue posible surtir la citación a notificación personal del documento identificado con radicado No. 2026-S 13211, de fecha 6 de mayo de 2026, remitido a la dirección Calle 9 No. 3 -45, Zona Urbana del municipio de Pitalito – Huila. Lo anterior, en razón a que el envío fue devuelto bajo la causal “NO EXISTE, DE LA CALLE 9 - 3 - 37 PASA A LA, CALLE 9 - 3 - 47”, según constancia emitida por la empresa Servicios Postales Nacionales S.A.S. (4-72), documento que reposa en el expediente.
El presente acto administrativo se notifica por aviso el AUTO DE MANDAMIENTO DE PAGO, dictado en contra de AZAEL HURTADO GOMEZ, identificado con cédula de ciudadanía o NIT No. 12.165.288, toda vez que no fue posible surtir la citación a notificación personal del documento identificado con radicado No. 2024-S 24770, de fecha 29 de agosto de 2024, remitido a la vereda El Guayabito del municipio de Saladoblanco – Huila. Lo anterior, en razón a que, según constancia emitida por el citador de la Dirección Territorial Sur – DTS, el envío no pudo ser entregado y fue devuelto debido a que el ejecutado no reside en la vereda, en la vivienda tiene mayordomo y se negaron a recibir el oficio, documento que reposa en el expediente.