Se notifica por aviso AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE PRACTICA LA LIQUIDACION DEL CREDITO dictado contra DIDIMO PERDOMO ANDRADE toda vez que, a la hora de entregar la providencia de manera personal, por los citadores adscritos a la territorial Centro, esta fue devuelta informando que “el día 29 de Mayo del 2025 se realizó el desplazamiento hasta la vereda la esperanza del municipio de Garzón, estando allí se indago con los habitantes de la zona, quienes mencionaron no conocer a alguien con este nombre, asi mismo, también se tuvo comunicación con la esposa del presidente de la junta de acción comunal quien corrobora lo dicho anteriormente”.
Se notifica por aviso AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DEL CREDITO Dictado contra JOSE RAFAEL LIZCANO HERRERA toda vez que, a la hora de entregar la providencia de manera personal por los citadores adscritos a la Territorial CENTRO, esta fue devuelta por causal de “DESCONOCIDO, NO CONTACTADO, NO RESIDE, OTRO”, informando que “ al llegar a la vereda Majo, hable con varios residentes para ubicar la vivienda del señor Lizcano, pero todos manifestaron no conocerlo y comentaron que últimamente han llegado muchas personas nuevas a la vereda que no hacen parte de la Junta de Acción Comunal”.
Se notifica por aviso AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE PRACTICA LIQUIDACION DEL CREDITO. Dictado contra HECTOR PUENTES toda vez que, a la hora de entregar la providencia de manera personal por la empresa de correo certificado 4-72, esta fue devuelta indicando de que dirección CALLE 36 NO. 9-25 CAMPOALEGRE (H), NO EXISTE.