LEVANTAR la medida preventiva impuesta mediante Resolución No.1191 del 02 de mayo de 2025, en el sentido de DECOMISAR DEFINITIVAMENTE el material forestal correspondiente a 1.5 m3, representados en trozas y bloques de distintas dimensiones de la especie caucho (ficus Benjamina): los cuales se encuentran en la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena - CAM, ubicada en la Carrera 1 No.60-79 del municipio Neiva (H).
Ordenar la cesación del procedimiento sancionatorio ambiental iniciado mediante Auto No.SAN-00033-25 del 24 de febrero de 2025, en contra del señor GENTIL CALDERON ANDRADE, identificado con cédula de ciudadanía No.1.605.149 de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo